Colegio colombiano de terapeutas respiratorios asumió funciones públicas

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Colegio colombiano de terapeutas respiratorios asumió funciones públicas

Colegio colombiano de terapeutas respiratorios asumió funciones públicas

El Ministerio de Salud y Protección Social informó que el Colegio Colombiano de Terapeutas Respiratorios asumió nuevas funciones públicas, en el marco de laLey 1164 de 2007 y la Resolución 804 de 2017, a partir del 27 de octubre del 2017.

La ley 1164 de 2007, tiene por objeto establecer las disposiciones relacionadas con los procesos de planeación, formación, vigilancia y control del ejercicio, desempeño y ética del Talento Humano del área de la salud mediante la articulación de los diferentes actores que intervienen en estos procesos.

Recordemos que por Talento Humano en Salud se entiende todo el personal que interviene en la promoción, educación, información de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad de todos los habitantes del territorio nacional dentro de la estructura organizacional de la prestación de los servicios de salud.

Luis Carlos Ortiz Monsalve, director de Desarrollo de Talento Humano en Salud, indicó que “dichas funciones tienen relación con la inscripción de los profesionales de Terapia Respiratoria en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud (ReTHUS), así como con la expedición de la tarjeta profesional como identificación única de quienes se encuentren inscritos en el ReTHUS y con la expedición de los permisos transitorios para los profesionales de Terapia Respiratoria extranjeros que vengan al país en misiones científicas o para la prestación de servicios de salud de carácter humanitario, social o investigativo“.

Adicionalmente recalcó que para las demás profesiones y ocupaciones del área de la salud, “las funciones descritas anteriormente continuarán sujetas a los procedimientos y normas vigentes, hasta tanto sean asumidas por un colegio profesional que cumpla con los requisitos exigidos en la ley”.

Conforme a lo señalado en el Decreto 4192 de 2010 (el cual establece las condiciones y requisitos para la delegación de funciones públicas en los colegios profesionales del área de la salud, en relación con la inscripción en el Registro Único Nacional del Talento Humano en Salud, la expedición de la tarjeta de identificación única del talento humano en salud y el otorgamiento de los permisos transitorios para el ejercicio profesional de personal de salud extranjero. Ver más de este decreto en: Decreto 4192 de 2010), y compilado en el Decreto 780 de 2016, Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, los profesionales de Terapia Respiratoria que hayan cumplido los requisitos legales vigentes hasta el momento continúan vigentes y serán inscritos de manera automática en el ReTHUS.

Los profesionales de Terapia Respiratoria que no hayan cumplido los requisitos correspondientes antes del 27 de octubre del año en curso deberán realizar la solicitud de inscripción en el ReTHUS y la expedición de la tarjeta de profesional como identificación única en el Colegio Colombiano de Terapeutas Respiratorios desde el próximo 27 de octubre.

Fuente: www.consultorsalud.com

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